Sabias que si contratas el seguro de banqueros puedes proteger tus bienes materiales a la hora de un siniestro, entre los bienes que puedes asegurar están:
1. La acuñada o metálica.
2. El papel moneda o los billetes que se encuentran
el banco al momento del siniestro.
3. Oro en barras.
4. Plata en barras.
5. Metales preciosos, entre estos se encuentran el oro, la plata, el platino, el paladio y el rodio.
6. Piedras preciosas, estas pueden ser rubíes, zafiros, esmeraldas... o semipreciosas como la amatista, el jade, el circón...
1. Aceptaciones.
2. Bonos emitidos.
3. Cartas de crédito.
4. Certificados de adeudo o deposito.
5. Cheques de deposito.
6. Conocimiento de embarque.
7. Cupones.
8. Documentos valiosos.
9. Escritura de fideicomisos.
10. Giros postales.
11. Letras de cambio o crédito. (un documento que actúa como orden de pago a un deudor).
12. Libranzas de erario público (dinero o valores de la administración del estado).
13. Pagares.
14. Pólizas de seguro.
15. Recibos de bodega.
16. Sellos.
17. Títulos de propiedad o certificados de acciones.
1. Cajas fuertes, bóvedas y cajillas de seguridad.
3. Mobiliario y equipo, entre estos no se puede cubrir el equipo de computo (Te invito a que leas nuestra publicación sobre el seguro electrónico )
Cuales serian los vienes que no son cubiertos haya en Guatemala?
ResponderEliminarHola Dayana! te comento que los bienes transportados en transporte no especializado para valores no tienen cobertura.
ResponderEliminar